El 1° de noviembre comenzará a regir el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo sistema obligatorio para las empresas que busca garantizar el pago de indemnizaciones en casos de despido. Cada empleador deberá abrir una cuenta especial, independiente e inembargable, destinada exclusivamente a cubrir estas obligaciones laborales.
El aporte será mensual y se integrará junto con las contribuciones sociales a ARCA. Las MiPyMES deberán destinar el 2,5% de las remuneraciones, mientras que las grandes empresas aportarán el 1%. El FAL no modifica el régimen indemnizatorio vigente, sino que actúa como un mecanismo de financiamiento específico. En caso de que los fondos no alcancen, el empleador deberá cubrir la diferenciaPágina actualPágina actual. El empleador deberá pagar íntegramente el importe respectivo. ¿Qué obligaciones laborales cubre el FAL?.
El sistema contempla beneficios tributarios, como la deducción total de los aportes en el impuesto a las ganancias y la exención de rendimientos obtenidos por las inversiones del fondo. Además, las empresas podrán optar por fondos multiempresa o individuales, con inversiones en títulos públicos y obligaciones negociablesPágina actualPágina actual. Una es el fondo multiempresa, en los que las empresas suscriben el vehículo más adecuado para sus necesidades.. La noticia fue publicada por Clarín, que destacó la importancia de este nuevo esquema en el marco de la reforma laboral.
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